Por villasombrero.com
La Junta Central Electoral advirtió este miércoles a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos y sus miembros que realicen campañas a destiempo, serán sancionados, tal y como lo estipula la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos No. 33-18.
“Los aspirantes que inicien su campaña antes del tiempo oficial de campaña o precampaña serán sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura. La Junta Central Electoral será responsable de hacer cumplir esta disposición”, indica la Ley.
La ordenanza prohíbe la celebración de eventos multitudinarios como mítines, marchas, caravanas, divulgación de propaganda electoral, colocación de vallas, afiches, pancartas, en espacios y lugares públicos.
También prohíbe la promoción de los aspirantes a través de medios de comunicación como la radio, televisión, redes sociales y cualquier otro medio o vía a través de los cuales pueda transmitirse información sobre actividades proselitistas a la población.
Los partidos que incurran en el incumplimiento de este código serán sancionados con una penalidad de 1 a 200 salarios mínimos, tal y como lo establece el artículo 280 en sus numerales 4 y 16.
La JCE es órgano encargado de hacer cumplir las disposiciones establecidas en la Ley de Partidos, y aplicar las sanciones estipuladas a quienes no las cumplen.
Mediante el comunicado, el órgano electoral llamó a las organizaciones políticas que tengan algún tipo de aspiración a los cargos de elección popular, a cesar en lo inmediato las actividades proselitistas para promocionar aspiraciones políticas._+
Últimos comentarios