Por Redaccion villasombrero.com Hoy en día y en la sociedad en que vivimos, los grupos comunitarios están tomando una importancia de primer orden, desde el punto de vista de las demandas por parte de la población que cada vez son más crecientes.
Las juntas de vecinos son entidades sin fines de lucros creadas con el objetivo de realizar actividades de bien social o de orden público, son de gran importancia para el desarrollo de una sociedad civil, participativa y democrática, que están en el mismo seno de la sociedad para velar por objetivos de interés público o de beneficios para las comunidades; En ella descansa el sentir de la población hacia una sociedad donde existan más oportunidades de participación, más justicia y más equidad.
Las juntas de vecinos representadas por las comunidades, son un mecanismos para sus representante poder conseguir conquista para el beneficio común., lo más importante es que en ellas prevalezca la honestidad, la imparcialidad y el trabajo en equipo.
Lo que debe saber y conocer toda Junta de vecinos.¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO?Por Roy Cortina.
El sistema de presupuesto participativo consiste en un conjunto de actividades a través de las cuales se van definiendo paulatinamente las demandas sectoriales, las prioridades de la comunidad, los criterios de asignación de fondos y el programa de inversión de la Ciudad mediante la participación de la gente.
Para que la población haga un diagnóstico de sus necesidades, las cuantifique, elabore sus demandas, escoja las prioritarias y efectúe un seguimiento de la ejecución de tales acciones resulta de vital importancia, por un lado, que existan mecanismos que garanticen un flujo de información constante entre el gobierno y la sociedad y, por el otro, que se pongan sobre la mesa de discusión cuestiones tales como el urbanismo, el transporte público, la salud, la educación y la cultura.
En este sentido, el Presupuesto Participativo importa romper con la concepción tradicional del presupuesto que lo define como algo meramente técnico que sólo puede ser abordado por profesionales, para pasar a considerarlo como algo esencialmente político en el que todos y cada uno de nosotros estamos involucrados.
El Presupuesto Participativo permitirá reducir las prácticas clientelísticas, ha estimulado la participación ciudadana, favorecerá una más justa distribución del ingreso y se ha traducido en una mejor calidad de la representación.
- Ley 170-07 sobre presupuesto Participativo :Descarga Aqui
- Ley 176-07 del Distrito Nacional y los municipios: Descargue Aqui
- Ley 166-03 sobre los ingresos municipales
- La constitucion de la República Básicamente en los artículos 204,205,206 y 207
Los cuales enuncian lo siguente:
“Artículo 204.- Transferencia de competencias a los municipios. El Estado propiciará la transferencia de competencias y recursos hacia los gobiernos locales, de conformidad con esta Constitución y la ley. La implementación de estas transferencias conllevará políticas de desarrollo institucional, capacitación y profesionalización de los recursos humanos.
Artículo 205.- Ejecución presupuestaria municipal. Los ayuntamientos del Distrito Nacional, de los municipios y las juntas de distritos municipales estarán obligados, tanto en la formulación como en la ejecución de sus presupuestos, a formular, aprobar y a mantener las apropiaciones y las erogaciones destinadas a cada clase de atenciones y servicios, de conformidad con la ley.
Artículo 206.- Presupuestos participativos. La inversión de los recursos municipales se hará mediante el desarrollo progresivo de presupuestos participativos que propicien la integración y corresponsabilidad ciudadana en la definición, ejecución y control de las políticas de desarrollo local
Artículo 207.- Obligación económica de los municipios. Las obligaciones económicas contraídas por los municipios, incluyendo las que tengan el aval del Estado, son de su responsabilidad, de conformidad con los límites y condiciones que establezca la ley.”
5 Y el Reglamento presupuesto Participativo; Descargue Aqui